1. ¿Cuál es el problema de la tarjeta de MUD-Unidad con la de MIN-Unidad? La similitud gráfica de las tarjetas de la MUD-Unidad y el MIN-Unidad ya se ha analizado acá en Prodavinci como un elemento que podría dispersar el voto opositor en las elecciones del 6 de diciembre. Sin embargo, la aparente estrategia de la directiva del MIN-Unidad para dispersar el voto opositor y restarle sufragios a la tarjeta de la MUD-Unidad experimenta su máxima expresión en la Circunscripción 1 del estado Aragua. En ese circuito no sólo se experimenta la similitud gráfica entre ambas tarjetas, sino que además el nombre de los candidatos postulados por ambas organizaciones es el mismo: Ismael García.
2. ¿Cómo es posible que dos candidatos tengan el mismo nombre? En las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre los electores habilitados para sufragar en el estado Aragua deberán escoger 9 diputados, de lso cuales 7 son nominales (es decir: se escogen por nombre y apellido) y los otrso 2 se escogen por voto lista.
Para la elección de esos 7 diputados nominales la entidad se dividió en cuatro circuncripciones. Y en la Circuncripción 1 de Aragua (integrada por los municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Ocumare de la Costa) se escogen 2 de esos 7 diputados nominales de la entidad.
Según el Acta de Postulaciones, emitida por la Junta Regional Electoral del CNE en el estado Aragua e impresa el pasado 25 de agosto, la MUD postuló como candidatos nominales a la Circunscripción 1 de Aragua a José Trujillo e Ismael García. Estas postulaciones fueron admitidas el 7 de agosto, como puede observarse en esta imagen:
Por su parte, el partido MIN-Unidad postuló como candidatos a la Circunscripción 1 del estado Aragua a Eduardo Navas y Ninoska Cermeño, postulaciones que fueron admitidas el 15 de agosto y que pueden verse acá:
No obstante, el MIN-Unidad decidió sustituir a sus candidatos originales por otros dos: Ismael García y Freddy Solórzano. Y lo hicieron dentro del periodo establecido por el CNE para la modificación de candidaturas, así que los cambios se verían reflejados en las boletas electrónicas de votación. Y por eso la boleta electrónica de votación de la Circunscripción 1 del estado Aragua quedó como puede observarse a continuación:
3. ¿Se viola la ley al permitir la postulación de candidatos con igual nombre y apellido? Taxativamente sólo existen limitantes por la cantidad de caracteres de la combinación de nombres y apellidos, además de una prohibición expresa a utilizar apodos en las candidaturas nominales. No obstante, no existe prohibición alguna en la legislación electoral que impida que haya candidatos homónimos.
4. ¿Qué debía hacer el CNE? Aunque ambos ciudadanos están en pleno goce de sus derechos políticos, el organismo comicial debió realizar un esfuerzo por distinguir a ambos postulados. El CNE debía velar por evitar la confusión de la oferta electoral y distinguir los nombres agregando iniciales de segundo nombre o apellido.
Los técnicos electorales consultados sostienen que al tratarse de una modificación a la postulación original, el CNE debió exigirle a los nuevos candidatos del MIN-Unidad un nombre diferenciador. Una situación similar se presenta con los colores que usan los partidos políticos en sus logotipos y emblemas: si una organización política solicita al CNE usar un color de un partido ya existente, el organismo suele pedir un segundo tono que permita establecer la diferencia.
5. ¿Se modificará la boleta electrónica de la Circunscripción 1 del estado Aragua? No está previsto.
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