El factor determinante en el nuevo esquema de la Unidad de Valor de Crédito Comercial UVCC será la tasa del mercado cambiario oficial
GUILLERMO GARCÍA N. | EL UNIVERSAL
En Gaceta Oficial N° 41.742 de fecha 21 de octubre de 2019, fue publicada la Resolución del Banco Central de Venezuela BCV, mediante la cual se establece un nuevo esquema de cálculo en el otorgamiento y pago de créditos comerciales en moneda nacional y los cuales deberán ser expresados mediante el uso de una nueva unidad de cuenta denominada: Unidad de Valor de Crédito Comercial (UVCC).
¿A quién está dirigido y en que consiste la UVCC? A Desde el pasado 28 de octubre, todas las solicitudes de crédito comercial efectuadas por las empresas a la banca nacional estarán regidas y acordadas bajo el nuevo esquema de cálculo y pago de capital e intereses de la UVCC. Es importante señalar que todas las demás clasificaciones de crédito, es decir: crédito agropecuario, turismo, hipotecario, personal, de consumo quedan excluidos del tratamiento y aplicación del nuevo esquema de UVCC, los cuales tendrán las condiciones de pago e intereses actualmente vigentes fijadas por el BCV y la banca.
El factor determinante en el nuevo esquema de la Unidad de Valor de Crédito Comercial UVCC será la tasa del mercado cambiario oficial. En consecuencia, la variación del tipo de cambio calculada y publicada diariamente por el BCV será el elemento y factor de cálculo para las amortizaciones del capital del crédito otorgado. Los intereses del crédito fueron fijados en dicha resolución en un máximo de 6% anual y un mínimo de 4% anual.
¿Cómo funcionaría? Los créditos comerciales otorgados a las empresas ya no se expresarán en bolívares, sino en la nueva unidad de cuenta (UVCC), y la valoración de estas unidades se medirá a través de un Índice de Inversión (IDI), el cual se establecerá en bolívares ajustados de acuerdo con la fluctuación de la tasa de cambio del dólar oficial que publica la banca nacional y el BCV diariamente. La aplicación del ajuste del capital adeudado con base en el tipo de cambio es asimétrica: en el caso de producirse una menor devaluación o variación negativa del tipo de cambio, el saldo de capital adeudado no podrá ser menor que el monto inicial otorgado del crédito medido en UVCC; y en caso contrario, una variación positiva del tipo de cambio o mayor devaluación del tipo de cambio no se establece límites al incremento del saldo de capital adeudado por la empresa, lo que hace incrementar los riesgos de incrementos sustanciales de repago del capital adeudado. El monto del préstamo medido en UVCC permanece constante, hasta cuando se realice una amortización del crédito. No obstante, el préstamo en bolívares fluctúa en relación con el valor del índice de inversión. (IDI). El IDI se va ajustando mensualmente a la variación del tipo de cambio. Por ejemplo, si en un mes, el IDI pasa de 125 a 150 es debido a que en ese mes se registró una devaluación de un 25% mensual. El pago de interés no es más que la multiplicación entre el valor IDI del mes por el pago de interés en términos de la unidad de cuenta UVCC.
Riesgos del nuevo esquema. Tanto las empresas como la banca afrontan riesgos con éste nuevo esquema. Por el lado de las empresas, el mayor riesgo que corren es que es imposible calcular con alguna precisión cuál será el comportamiento de la tasa de cambio durante el tiempo de vigencia del crédito, ya que ésta será la variable fundamental para el cálculo de repago del crédito solicitado. Devaluaciones como se han registrado en los últimos años y meses con un entorno de hiperinflación agresiva por efecto de impresión de dinero sin control y sin compensación de producción y depresión económica, podría presionar el tipo de cambio a niveles porcentuales de devaluación que la amortización del capital e interés del crédito se haga impagable. La banca por su parte, orientara sus esfuerzos de colocación a empresas corporativas de gran tamaño y que posean mayores activos que ofrecer como garantía de los créditos otorgados. Es bueno señalar, que, si el porcentaje de devaluación no es lo suficiente para compensar el riesgo de otorgamiento y de mantenerse unos niveles de hiperinflación como los actuales, la banca podría tener problemas operativos y de cobertura de sus gastos de transformación, ya que el rendimiento de financiamiento no cubriría los niveles de hiperinflación.
¿Qué otra opción recomendaría aplicar? La indexación del crédito comercial, es una señal que la economía se ha venido dolarizando de forma informal y que el bolívar dejo de tener las cualidades que debe tener una moneda: Unidad de cuenta, medio de pago y reserva de valor. La conjunción de una mayor dolarización informal de la economía como resultado de la hiperinflación y la devaluación, y de una reducción de la liquidez monetaria vía encaje legal que reduce el stock de bolívares en circulación, está llevando a las empresas y a los ciudadanos a incrementar cada día que pasa el uso del dólar en casi todas las transacciones de sus operaciones comerciales.
Una decisión de permitir la libre circulación de divisas en el país, es decir donde el bolívar y otras divisas: Dólar, Euro, Pesos, Yuanes puedan circular libremente sin penalidad de uso, ni tenencia y donde tanto las empresas y los ciudadanos puedan decidir en cual moneda intercambian bienes y servicios y utilizar como medio de pago. Dentro de esta decisión de coexistencia legal de monedas está la de ampliar a los bancos nacionales los montos de apertura de cuentas, montos de depósitos (Por ejemplo, US$ 10.000,00 personas naturales, US$1.000.000,00 personas jurídicas). Establecer la compensación bancaria (BCV) en dólares y de ampliar las transferencias entre titulares y terceros que actualmente fija la Ley y Resoluciones. Ya las leyes y resoluciones al respecto están vigentes, solo de ampliar su alcance y operatividad para adecuarlas a la situación actual.
Otra opción es permitir que las empresas que exportan o están ya recibiendo un porcentaje importante de pago en dólares, o con dólares de depósito como garantía puedan a través del mercado de valores emitir títulos ya sean papeles comerciales o titularizaciones de facturas (factoring) o Pagarés Bursátiles que puedan ser colocados en el mercado de valores nacional.
Finalmente, si este nuevo esquema crediticio indexado al dólar no viene acompañado de una flexibilización del encaje legal bancario y una voluntad firme y absoluta del gobierno y el BCV de frenar la impresión de dinero sin fuentes de respaldo, la hiperinflación y la devaluación seguirán su tendencia y el nuevo esquema tendrá muy corta vida.
Asesor Financiero
@iRealEstateSol,
http://www.iRealestate.solutions
finanzasaldia@gmail.com
@asesorfinaciero
Recibe nuestras actualizaciones por E-Mail. SUSCRÍBETE GRATIS AQUI
Twittear |